COMUNIDADES
Formulario De Contacto - ¿Busca Administrador?
La ley regula la liberización de la administración y gestión de comunidades de propietarios, hecho que ocasiona mucho intrusismo y falta de profesionalidad en el sector.
Entendemos que el administrador de fincas es aquel profesional que cuenta con la máxima confianza de sus clientes, hasta el punto que delegan en él funciones tan personales como la administración de su patrimonio.
Si usted desea cambiar de administrador, la nueva ley lo prevé en su artículo 553-25 de la Ley 5/2006, del Llibro Quinto del Código Civil de Catalunya: " Solamente se pueden adoptar acuerdos sobre los asuntos incluidos en el orden del día. No obstante, la junta de propietarios puede acordar, incluso si no consta en el orden del día, la destitución del presidente o presidenta, del administrador o administradora, del secretario o secretaria y emprender acciones contra ellos, y también el nombramiento de personas para ejercer los mencionados cargos"







